Micelio
Auto11 de agosto de 2021

A- de 2021

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Colpensiones Contra Acto Administrativo Que Concedió Prestación Pensional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se originó en el trámite de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho iniciada por Colpensiones en contra de un acto administrativo propio mediante el cual reconoció un incremento pensional del 14% por cónyuge a cargo a uno de sus afiliados, en cumplimiento de la Sentencia T-744/17 de la Corte Constitucional, a través de la cual se aplicó el precedente establecido en la Sentencia SU.310/17, la cual fue declarada nula con el Auto 320/18.

Luego de aplicar los criterios establecidos en el Auto 316/21, reiterados en los Autos 382 y 384 de 2021, entre otros, a través de los cuales la Corporación sostuvo que en los eventos en que una institución pública de seguridad social o un fondo de naturaleza pública a cargo del reconocimiento y/o pago de pensiones presenta una acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra un acto propio, el conocimiento del asunto corresponde a la jurisdicción contenciosa administrativa y se excluye la competencia del juez laboral y de la seguridad social, de conformidad con los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011 y demás que resulten concordantes.

Con base en lo anterior se dirime el conflicto declarando que el conocimiento del precitado proceso corresponde al Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo del Circuito de Bogotá, a quien se remite el expediente para imparta el trámite correspondiente y comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo del Circuito de Bogota y el Juzgado
  2. Septimo. Laboral del Circuito de Bogota, y DECLARAR que el conocimiento del proceso que pretende la nulidad de la Resolucion No. SUB81404 del 26 de marzo de 2018, corresponde al Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo del Circuito de Bogota.
  3. Segundo. REMITIR el expediente CJU-228 al Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo del Circuito de Bogota para que tramite el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, y para que comunique la presente decision al Juzgado
  4. Septimo. Laboral del Circuito de Bogota y a los sujetos procesales dentro del asunto con radicado numero 110013342-052-2018-00324-0018.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.