A- de 2021
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se originó en el trámite de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho iniciada por Colpensiones en contra de un acto administrativo propio mediante el cual reconoció un incremento pensional del 14% por cónyuge a cargo a uno de sus afiliados, en cumplimiento de la Sentencia T-744/17 de la Corte Constitucional, a través de la cual se aplicó el precedente establecido en la Sentencia SU.310/17, la cual fue declarada nula con el Auto 320/18.
Luego de aplicar los criterios establecidos en el Auto 316/21, reiterados en los Autos 382 y 384 de 2021, entre otros, a través de los cuales la Corporación sostuvo que en los eventos en que una institución pública de seguridad social o un fondo de naturaleza pública a cargo del reconocimiento y/o pago de pensiones presenta una acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra un acto propio, el conocimiento del asunto corresponde a la jurisdicción contenciosa administrativa y se excluye la competencia del juez laboral y de la seguridad social, de conformidad con los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011 y demás que resulten concordantes.
Con base en lo anterior se dirime el conflicto declarando que el conocimiento del precitado proceso corresponde al Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo del Circuito de Bogotá, a quien se remite el expediente para imparta el trámite correspondiente y comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo del Circuito de Bogota y el Juzgado
- Septimo. Laboral del Circuito de Bogota, y DECLARAR que el conocimiento del proceso que pretende la nulidad de la Resolucion No. SUB81404 del 26 de marzo de 2018, corresponde al Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo del Circuito de Bogota.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-228 al Juzgado Cincuenta y Dos Administrativo del Circuito de Bogota para que tramite el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, y para que comunique la presente decision al Juzgado
- Septimo. Laboral del Circuito de Bogota y a los sujetos procesales dentro del asunto con radicado numero 110013342-052-2018-00324-0018.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.